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Avales ICO para la compra de vivienda: requisitos y funcionamiento

Los nuevos avales ICO para la compra de vivienda ponen sobre la mesa 2.500 millones destinados a facilitar la adquisición de una primera residencia a menores de 35 años y a familias con menores a cargo. Esta medida, aprobada recientemente por el Congreso de Ministros, cubrirá hasta el 20% de los créditos hipotecarios, si bien en algunos casos- como en el de las viviendas con calificación energética D o superior- podrá llegar hasta el 25%.

Nuestros asesores inmobiliarios en Mallorca e Ibiza te informan sobre los requisitos para solicitar los avales ICO para comprar una primera vivienda y los plazos para la formalización de estos préstamos. No obstante, cabe remarcar que, aunque se conocen los principales criterios de los avales, quedan todavía flecos por definir. Por ejemplo, está pendiente la firma del convenio con los bancos y el Instituto de Crédito Oficial (ICO).

¿Qué cubren los avales ICO para la vivienda?

La intención del Gobierno, a través del ICO, es avalar el 20% del valor de la vivienda. El solicitante podrá así acceder a un préstamo equivalente al 100% del valor del inmueble (normalmente, los bancos conceden hasta un 80% del precio de la casa). Es decir, el interesado podrá financiar la entrada de la vivienda en conjunto con la hipoteca reduciendo los ahorros necesarios para realizar la operación.

Ahora bien, será necesario contar con ahorros equivalentes al 10% de la operación, aproximadamente, correspondientes a los gastos asociados a la compraventa. Esta proporción es orientativa, ya que cuestiones como la ubicación del inmueble determinan, por ejemplo, que difiera el porcentaje del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales o ITP por autonomías.

Cabe recalcar que esta medida no es una subvención, si no un aval de una parte de la hipoteca.

¿Cuáles son los requisitos para acceder a los avales ICO?

Como hemos comentado, el Estado cubre un 20% de la entrada para una vivienda a través del ICO. Estos avales, a cargo del Ministerio de Vivienda y gestionados por el Instituto de Crédito Oficial, deben destinarse a residencia permanente y están sujetos al cumplimiento de los siguientes requisitos:

  • Jóvenes de hasta 35 años de edad y familias con menores a su cargo (sin límite de edad).
  • Residencia legal en España (acreditarla de manera continua e ininterrumpida durante los dos años anteriores a la solicitud del préstamo).
  • Los ingresos individuales no pueden superar los 37.800 euros brutos al año (4,5 veces el IPREM). El doble si la vivienda la compran dos personas.
  • Número de hijos y familias monoparentales: el límite se incrementa en 0,3 veces el IPREM (2.520 euros brutos anuales por cada menor a cargo. En familias monoparentales, hasta en un 70% adicional.
  • El límite del patrimonio del avalado es de 100.000 euros.
  • Vivienda con calificación energética D o superior, aval hasta el 25% del principal del préstamo

 

En principio, aquellos que sean propietarios de otra vivienda no pueden acceder a esta línea de avales. Pero hay algunas excepciones. Por ejemplo, que el derecho de propiedad recaiga sobre una parte alícuota o proporcional del inmueble y que se haya obtenido por herencia o transmisión mortis causa sin testamento.

¿Cuáles son los plazos de los avales?

El plazo para solicitar los avales ICO para la compra de primera vivienda finaliza el 31 de diciembre de 2025, si bien la medida contempla la ampliación en 2 años más en función de la demanda y las circunstancias económicas. Un añadido que es bastante posible que se conceda, dado el retraso en la fecha de salida de esta ayuda, que se anunció a mediados del año pasado.

Según lo previsto, la duración del aval será de un máximo de 10 años desde la formalización de la operación, independientemente de la amortización del préstamo. Durante este periodo, el inmueble debe ser la vivienda habitual de la persona avalada.

El arrendamiento solo podrá realizarse en caso de darse una circunstancia que requiera el cambio de vivienda: traslado laboral, separación matrimonial, matrimonio, etc.

Por otra parte, no existe una fecha definida sobre cuándo se puede solicitar el aval ICO para la hipoteca.  Para beneficiarse, se deberá acudir a una de las entidades colaboradoras: si se cumplen todos los requisitos, se tramitará la hipoteca teniendo en cuenta el aval del Estado.

La medida es similar a la que Baleares y otras comunidades autónomas ya han aprobado para facilitar la compra de vivienda a sus residentes.

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