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Cómo vender mi casa en Mallorca si tiene más metros de los que pone en la escritura

¿Quieres vender tu casa pero tiene más metros de los que figuran en la escritura? En Mallorca -como en casi toda España- hay viviendas que son muy diferentes en la vida real y en el papel. Algunas hasta tienen tres versiones. La que conoce el propietario. La que aparece en el Catastro. Y la que reconoce el Registro de la Propiedad.

A veces coinciden. Otras, no tanto. O casi nada. Y cuando uno vive en la casa desde hace años —o la ha heredado, o la ha reformado poco a poco, o “eso ya estaba así cuando la compramos”— es fácil pensar que no pasa nada. Pero en una compraventa, las cosas no funcionan solo por costumbre. Funcionan teniendo en cuenta aquello que está debidamente documentado.

Y aquí es donde muchos propietarios descubren, a veces demasiado tarde, que su casa real y su casa documentada no dicen exactamente lo mismo. 

Aún así: que no cunda el pánico. No siempre esto es un problema grave. Pero casi siempre conviene saberlo antes de poner la vivienda en venta. Para evitar sustos y retrasos innecesarios.

La casa que sí se puede vender

Cuando un comprador visita una vivienda, ve luz, distribución, vistas, terraza, orientación, estado, posibilidades. Cuando su abogado, su banco o su tasador la revisan, ven otra cosa: escritura, nota simple, Catastro, cargas, superficies, uso, linderos, elementos anexos, posibles ampliaciones. Y las dos miradas importan.

En mercados como Mallorca e Ibiza, donde el comprador suele llegar cada vez más informado —y en muchos casos muy bien asesorado—, una duda documental puede convertirse en una pausa. Y una pausa, en plena negociación, suele traducirse en tres cosas: más preguntas, más tiempo y, a veces, una pérdida de margen en la operación para el que vende.

Por eso en Durendesa® insistimos tanto en revisar antes que toda la documentación esté correcta. Porque esto nos ayuda a evitar que algo que podría haberse explicado con calma se convierta en un problema cuando ya hay un comprador interesado.

Paso 1. Entender la diferencia entre Catastro y Registro

El Catastro y el Registro de la Propiedad hablan de los inmuebles, pero no hablan exactamente desde el mismo lugar. Y no es extraño que muchos vendedores de propiedades los confundan o, incluso, crean que son lo mismo.

Qué es el Catastro

El Catastro es un registro administrativo dependiente del Ministerio de Hacienda. Describe los bienes inmuebles desde un punto de vista físico, económico y jurídico: ubicación, superficie, uso, construcción, valor catastral… 

Es fundamental para impuestos como el IBI y para la información territorial del inmueble. La propia sede del Catastro ofrece acceso a cartografía, datos catastrales, valor de referencia y herramientas de validación gráfica.

Qué es el Registro

El Registro de la Propiedad, en cambio, tiene otra función: da publicidad y seguridad jurídica sobre la titularidad y los derechos inscritos sobre una finca. Es decir, quién es propietario, qué cargas existen, si hay hipoteca, embargos, usufructos, servidumbres, limitaciones, etc. Por eso, cuando se vende, la nota simple registral es una pieza básica: es el ADN de la propiedad.

Dicho en lenguaje de calle: el Catastro describe; el Registro protege jurídicamente. Y aunque ambos deberían coordinarse cada vez mejor, no siempre han contado la misma historia.

De hecho, la Ley 13/2015 reformó la Ley Hipotecaria y el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario precisamente para mejorar esa coordinación entre Catastro y Registro, incorporando herramientas como la representación gráfica georreferenciada de las fincas.

Paso 2. Detectar diferencias y errores

En Mallorca esto se ve mucho, sobre todo en viviendas antiguas, casas de pueblo, fincas rústicas, propiedades heredadas o inmuebles que han ido cambiando con el tiempo. Lo que recoge el Catastro no tiene mucho que ver con lo que de verdad hay en la propiedad o con lo que dice la escritura.

A veces la diferencia viene de una medición antigua. Otras, de reformas que nunca se documentaron bien. También puede haber terrazas cerradas, porches, anexos, garajes, trasteros, casetas, piscinas o ampliaciones que aparecen en un documento, pero no en otro. Incluso puede ocurrir lo contrario: que Catastro haya incorporado una construcción detectada por fotografía aérea o por actualización administrativa, pero que esa realidad no esté reflejada en escritura o Registro.

Si no coinciden, ¿es ilegal?

Aquí conviene hacer una distinción importante: que algo aparezca en Catastro no significa automáticamente que esté legalizado urbanísticamente o inscrito registralmente. Y que algo no aparezca en el Registro no significa necesariamente que sea imposible vender. Significa que hay que entender qué ocurre, qué alcance tiene y cómo explicarlo y actualizarlo.

El Catastro, de hecho, permite trabajar con información gráfica y cartográfica; y cuando la representación catastral no refleja la realidad física de la finca, puede aportarse una representación gráfica alternativa para determinados procedimientos.

La clave no es entrar en pánico. La clave es no improvisar. Pero sí hay que arreglar la situación cuanto antes. De poco vale el “esto siempre ha estado así”.

Eso no significa que cada diferencia sea un drama. Hay discrepancias menores de superficie que pueden resolverse o explicarse fácilmente. Pero también hay situaciones que requieren técnico, notario, registrador o asesoramiento urbanístico para regularizar antes de salir al mercado.

Paso 3. Ver qué discrepancias pueden complicar la venta

No todas las diferencias que hay entre Catastro y Registro pesan igual. Una pequeña variación de metros puede no afectar demasiado si no altera la realidad esencial del inmueble. Pero si la vivienda que se vende tiene una superficie muy superior a la inscrita, si hay una ampliación importante no documentada, si existen anexos no reconocidos, si la finca no está bien delimitada o si una parte de lo que el comprador considera “la casa” no aparece donde debería, la operación puede ralentizarse.

Por ejemplo, un banco puede pedir aclaraciones antes de conceder una hipoteca. Un tasador puede valorar muy por debajo lo que no está correctamente documentado. Un comprador extranjero puede sentirse inseguro ante una explicación poco clara. Un abogado puede recomendar no avanzar hasta revisar bien todos esos detalles. 

Aquí aparece una verdad incómoda pero muy real: la duda documental casi siempre negocia a favor del comprador. Y es el vendedor quien debe hacer todo lo posible para reducirla al máximo. De lo contrario, es una amenaza para la operación.

Paso 4. La coordinación Catastro-Registro

Desde hace años se impulsa la coordinación entre Catastro y Registro para que la finca registral pueda incorporar su representación gráfica

El Catastro explica que el ciudadano puede solicitar voluntariamente la incorporación en el Registro de la representación gráfica catastral, tanto con ocasión de una compraventa como en cualquier otro momento. Esto permite identificar sobre plano la situación, forma y superficie de la finca registral.

Cuando esa representación gráfica catastral se inscribe en el Registro, la finca queda coordinada gráficamente con el Catastro. A partir de ese momento, se presume que los datos de ubicación, delimitación y superficie de la finca inscrita son ciertos a todos los efectos legales.

Dicho de forma sencilla: una finca coordinada ofrece más claridad. No significa que todas las viviendas tengan que estar coordinadas para venderse, pero sí que, cuando hay dudas sobre superficie, linderos o realidad física, puede ser una herramienta muy útil.

En el caso de casas, fincas rústicas o propiedades con terreno, este punto puede ser especialmente importante. En Mallorca, donde muchas propiedades tienen historia, límites antiguos, caminos, porches, edificaciones auxiliares o discrepancias heredadas, la representación gráfica no es un detalle técnico: puede ser una forma de evitar conflictos futuros.

Qué debería revisar un propietario antes de poner la vivienda en venta

Antes de publicar una vivienda en Mallorca, conviene sentarse con la documentación y mirarla sin prisa: 

  • La nota simple registral, 
  • la escritura, 
  • la referencia catastral, 
  • el recibo de IBI, 
  • el certificado energético, 
  • los planos si existen, 
  • la situación de comunidad si se trata de un piso, 
  • posibles licencias de obra, final de obra si procede, documentación de ampliaciones o reformas relevantes.

No hace falta que el propietario se convierta en técnico ni en jurista. Pero sí conviene que alguien revise si hay coherencia entre lo que se va a vender y lo que aparece documentado.

¿Hay que regularizar siempre antes de vender?

No necesariamente. Depende del caso. Hay situaciones que pueden explicarse documentalmente sin necesidad de una gran actuación previa. Otras requieren más proceso. Pero aquí conviene distinguir dos situaciones que a menudo se mezclan, pero que no son lo mismo.

Una cosa es corregir o coordinar documentación: por ejemplo, que la escritura, en Catastro y Registro, no coincidan exactamente en superficie, linderos o representación gráfica de la finca. Otra muy distinta es legalizar una obra o una ampliación que se hizo sin licencia o sin reflejo urbanístico correcto.

La primera suele ser una cuestión documental y técnica. La segunda puede entrar ya en terreno urbanístico, y ahí el asunto puede ser más serio.

Cuánto cuesta coordinar Catastro y Registro

Cuando hablamos de coordinar Catastro y Registro o corregir una discrepancia de superficie, normalmente habrá que revisar la nota simple, la escritura, la cartografía catastral y, en muchos casos, contar con un técnico que prepare una medición o una representación gráfica. El Catastro permite aportar información gráfica alternativa cuando la cartografía catastral no refleja correctamente la realidad física de la finca.

El coste dependerá del tipo de inmueble, de si hace falta topógrafo, arquitecto técnico, notaría, registro o tramitación adicional. No hay una cifra única. Puede ir desde varios cientos de euros a casos complejos —fincas rústicas, linderos discutidos, segregaciones antiguas, discrepancias importantes— donde puede subir bastante más.

Lo importante es no verlo como un gasto, sino como una inversión en seguridad de venta. Una finca bien descrita genera menos dudas, facilita la tasación y da más tranquilidad al comprador.

Legalizar una obra

Si la discrepancia se debe a una obra, ampliación, piscina, anexo, cerramiento o cambio de uso hecho sin licencia o sin la documentación adecuada, ya no hablamos solo de Catastro y Registro. Hablamos de urbanismo.

En Baleares, la Ley de Urbanismo de las Illes Balears regula la disciplina urbanística, las infracciones y las sanciones. Las actuaciones de construcción, edificación, parcelación o transformación del suelo sin licencia, o contra sus condiciones, pueden constituir infracción urbanística.

¿Se puede legalizar siempre? No. Esa es la parte que muchos propietarios descubren tarde. Para legalizar una obra, no basta con pagar una tasa: la actuación debe ser compatible con la normativa urbanística. Si lo construido no se puede autorizar según el planeamiento, la regularización puede no ser posible y la administración podría exigir medidas de restauración de la legalidad, incluso demolición en los casos más graves.

¿Puede haber multas si no regularizo?

Depende. Si hablamos de una simple discrepancia documental o catastral sin infracción urbanística, normalmente el problema principal será la dificultad de venta, la pérdida de confianza o una posible negociación a la baja debido a una incongruencia en la escritura del inmueble.

Pero si lo que existe es una obra sin licencia que no aparece en la escritura, una ampliación no legalizable o una actuación contraria al planeamiento, sí puede haber expediente de disciplina urbanística y sanciones. 

En Durendesa® siempre lo advertimos y lo dejamos claro desde el principio: la escritura, así como toda la documentación de la propiedad es la base para poder cerrar una buena operación de compraventa con garantías y buenos márgenes.

Por eso, antes de poner una vivienda en venta, nos sentamos contigo para revisar qué dicen Catastro, Registro y escritura. Comprobamos si la realidad física encaja razonablemente con esa documentación. Miramos si hay ampliaciones, anexos, terrazas, piscinas o reformas que conviene explicar. Y si algo no cuadra, te orientamos para poder solucionarlo de la mejor manera.

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