¿Estás seguro de que tu futuro inquilino es solvente?
La solvencia del inquilino es una de las principales preocupaciones de los caseros que alquilan una vivienda en Mallorca e Ibiza. El miedo a no cobrar la renta es -junto a la intranquilidad de sufrir desperfectos en la casa- el gran quebradero de cabeza de los dueños de un inmueble en alquiler.
Sin embargo, hay varias medidas que pueden servirnos para garantizar el pago de la renta o comprobar que nuestro inquilino es solvente. Ninguna de ellas elimina por completo el riesgo de sufrir impagos del alquiler, pero al menos sirven para minimizarlo. Entre las más comunes y efectivas, destaca la solicitud al arrendatario de varias nóminas y de su contrato de trabajo para verificar que efectivamente puede hacer frente al alquiler de la vivienda en Baleares o en cualquier otra comunidad.
Otras cuestiones sobre las que hay que prestar atención son cómo comprobar la solvencia si hay varios inquilinos; qué porcentaje debe suponer la renta del alquiler respecto a los ingresos; o qué solicitar si el arrendatario interesado es un jubilado o un autónomo, por ejemplo.
Cómo comprobar la solvencia económica de un arrendatario
La búsqueda del inquilino ideal es uno de los procesos claves en todo arrendamiento. Para la mayoría de los caseros, el perfil más adecuado reúne tres requisitos básicos: el pago a tiempo de la renta, el cuidado del inmueble y la armonía con el propietario y el resto de vecinos. Mientras que estos dos últimos son más difíciles de controlar -muchas veces esta elección se basan en una cuestión de “sensaciones”- la comprobación de la solvencia del inquilino sí puede ceñirse a unas métricas y parámetros.
Según puntualizan nuestros asesores inmobiliarios en Mallorca e Ibiza, el nivel de ingresos y la estabilidad laboral del inquilino se encuentran entre las principales guías para determinar si estamos ante el mejor inquilino o si el inquilino es solvente. Estos aspectos se pueden verificar pidiendo documentación para conocer la solvencia del inquilino y teniendo en cuenta individualidades como, por ejemplo, si el interesado en alquilar la vivienda es funcionario, pensionista o autónomo:
- Capacidad de pago: constatar que el desembolso de la renta no supone un esfuerzo de más del 30%- 35% de los ingresos mensuales
- Solicitar la nómina y el contrato de trabajo al inquilino: se trata de saber el nivel de ingresos recurrentes del posible arrendatario, cuánto lleva trabajando, si tiene un contrato temporal o indefinido…. En el caso de aquellos interesados que trabajan por cuenta ajena, es preferible que su contratación sea indefinida, con una antigüedad de al menos un año.
- Inquilino funcionario: pedir copia de las últimas dos nóminas
- Inquilino autónomo: solicitar el modelo 037 que acredita esta condición, así como la última declaración de la renta y, si es posible, las declaraciones trimestrales de IRPF e IVA. Todo ello nos dará más información sobre si el inquilino es solvente: sus circunstancias profesionales, si tiene ingresos por otras vías (por ejemplo, un alquiler), etc.
- Inquilino pensionista: pedir la acreditación de las últimas transferencias de la pensión
- Más de un arrendatario: solicitar la documentación (nóminas, contrato de trabajo…) a cada uno de los futuros inquilinos. En el acuerdo de alquiler, resulta conveniente indicar el carácter solidario de los arrendatarios (la cantidad en caso de impago puede exigirse a cualquiera de ellos)
En el caso del inquilino extranjero, cabe recordar que existe una normativa europea que permite bloquear judicialmente las cuentas corrientes en el exterior por impago.
Por último, es importante solicitar al futuro inquilino el DNI o un documento de identificación para cerciorarnos de que realmente es la persona que dice ser.
Estudios de solvencia o registros de morosos del alquiler
Además del nivel de ingresos, otro indicador para saber la situación real del interesado pasa por verificar las posibles deudas del inquilino. Para ello, habrá que recurrir a empresas especializadas en informes de solvencia o consultar los ficheros de morosidad del alquiler (Rai, Asnef…).
Estos documentos ofrecen información sobre si el arrendatario tiene impagos de alquiler, debe a compañías suministradoras o tiene algún bien embargado. En cualquier caso, suele ser necesario el consentimiento del futuro inquilino para tener acceso a estos datos.
Las empresas de seguros de impago de alquiler también realizan estudios para comprobar si el inquilino es solvente.