La cédula de habitabilidad es un documento público que reconoce la aptitud de una vivienda, de un edificio destinado a albergar a personas o de un local a ser habitado. Más allá de garantizar que la propiedad cumple con unas condiciones mínimas de higiene y unas instalaciones adecuadas a su función, este escrito se vuelve obligatorio para solicitar servicios como el agua y la luz. En el caso de la compraventa de una vivienda en Mallorca o Ibiza, la entrega de este documento no se recoge como un imperativo legal, pero sí se manifiesta la obligación de indicar si la cédula se proporciona o no en la transacción. De no hacerlo se estaría incurriendo en un delito leve sancionable.
Así lo indica la nueva Ley de la Vivienda de les Illes Balears, aprobada a finales de junio pasado. Según lo establecido, debe incorporarse una copia de la cédula de habitabilidad vigente (o la calificación definitiva) en cualquier transmisión por venta, alquiler o cesión de uso en Baleares. Si no se dispone de la cédula o de la calificación, tal hecho debe hacerse constar expresamente en el contrato o en la escritura.
La normativa reguladora indica además que la obtención de la cédula en vigor es imprescindible para contratar los servicios de energía eléctrica, agua, gas y telecomunicaciones. De ahí que las empresas distribuidoras, suministradoras y comercializadoras de estas prestaciones estén obligadas a exigir esta documentación.
Cómo tramitar la cédula de habitabilidad en Baleares
La responsabilidad de la obtención y de la renovación de este documento recae en el titular de la propiedad. El órgano encargado de expedir el trámite administrativo es el Consell Insular, que cuenta con impresos normalizados a los que se puede acceder a través de su web. Cada solicitud debe ir acompañada de una documentación específica según el tipo de cédula de habitabilidad:
- Cédula de primera ocupación: Se expide cuando se han ejecutado obras de nueva planta, ampliación, reforma y rehabilitación (integral o parcial), que afectan a más del 60% de su distribución, consolidación, cambio de uso o restauración, según las condiciones establecidas.
- Cédula de renovación: Se facilita cuando la cédula está caducada y no se da ninguna de las circunstancias anteriores para solicitar el documento de primera ocupación. Cabe señalar que las cédulas caducan a los 10 años, independientemente de sus propietarios, ocupantes u usuarios.
- Cédula de cadencia: Se tramita para las edificaciones finalizadas completamente antes del 1 de marzo de 1987 que no disponen de las otras cédulas.
En cuanto a las tasas, el coste actual de tramitación es de 12,02 euros si hablamos de cédulas de habitabilidad para viviendas; de 24,04 euros en el caso de locales; y de 6,01 euros por plaza en el de los edificios residenciales.
El periodo de su obtención es de un mes, desde el momento en que el impreso de solicitud junto a la documentación requerida se presenta ante alguno de los órganos competentes. Los documentos pueden entregarse por correo postal o en los registros oficiales de la Administración General del Estado, del Govern Balear, del Consell Insular y de cualquier municipio con un registro único de entrada de documentos habilitado para ello.