actuaciones retraso en la entrega de una casa- Baleares

Qué hacer si hay retraso en la entrega de tu vivienda en Mallorca

Una de las principales preocupaciones cuando decidimos comprar una vivienda nueva sobre plano en Mallorca es la posibilidad de no disponer de ella en el tiempo previsto. Elretraso en la entrega de la casa empaña la ilusión de estrenar nuevo hogar y acaba traduciéndose en trastornos personales y económicos. Pero esta circunstancia puede prevenirse o bien, al menos, paliarse si te encuentras ya en esta situación. La ley es clara en cuanto a qué debe aparecer en el contrato de una nueva vivienda, así como en que la reclamación de este hecho puede conllevar un pago compensatorio para hacer la situación más llevadera.

Con ayuda de nuestros asesores de la inmobiliaria en Mallorca e Ibiza Durendesa®, te contamos qué dice la normativa y cómo proceder si hay retraso en la entrega de tu vivienda.

El contrato debe contemplar la fecha de entrega del piso nuevo

El acuerdo de compraventa del inmueble en Mallorca o Ibiza debe reflejar la fecha de entrega de la casa. Es decir, el plazo en que la vivienda estará completamente acabada y contará con sus correspondientes licencias. Por ejemplo, la cédula de habitabilidad o  el documento acreditativo de la aptitud del hogar para ser habitado. Esta obligación del promotor o del vendedor de recoger claramente la fecha de finalización de la vivienda en el contrato (artículo 5.5 del Real Decreto 515/1989 sobre Protección de los Consumidores) da pie también a que se pueda considerar abusiva cualquier cláusula confusa sobre este aspecto.

Si el contrato no incluye el plazo de entrega, debes reclamar al promotor o al vendedor (hoja de reclamaciones). Este hecho supone una infracción de la norma fijada en el artículo anterior.

Al margen de incorporar igualmente tras cuestiones como el precio final de compraventa, es recomendable que el acuerdo refiera al aval o al seguro bancario del promotor para posibles indemnizaciones. Así, como que quede determinada la penalización por retraso en la entrega del inmueble, como por ejemplo:

  • El pago del alquiler de una vivienda
  • El desembolso de una cantidad de dinero
  • La devolución del dinero aportado más intereses etc.

Del mismo modo, el promotor o el vendedor tiene la obligación de informar de cualquier novedad que pueda repercutir en el retraso. Esto es así porque, tal y como avanzábamos, el incumplimiento de las condiciones pactadas puede conllevar consecuencias económicas (indemnizaciones por daños y perjuicios) e, incluso, en casos mayores, provocar la rescisión del contrato de compraventa si afecta a cuestiones consideradas esenciales.

Aún sí, nuestros asesores inmobiliarios en Baleares puntualizan que el retraso en la entrega de una vivienda nueva no siempre supone la anulación del acuerdo de compraventa de la casa (queda en mano de la jurisprudencia). Ahora bien, el escenario es diferente si existe una cláusula contractual que hable de anulación en caso de dilación en la entrega.

Qué hacer si hay un incumplimiento en el plazo de entrega de una casa

La mejor solución siempre es buscar un entendimiento con el vendedor o el promotor para no tener que llegar a mayores. Si, lamentablemente, esta armonía no es posible será el momento de emprender acciones legales por la demora en la entrega de la vivienda.  Sea como sea, es importante cumplir con todas las obligaciones de pago establecidas en el contrato. En caso contrario, el comprador perderá la razón para reclamar el retraso en la entrega del inmueble.

En esta tesitura, el primer paso será dejar constancia de la disconformidad con la situación. Para ello, conviene requerir al promotor o al vendedor el cumplimiento del contrato o una justificación del atraso a través de un medio fehaciente. Por ejemplo, un burofax certificado. Aunque no conteste, al menos servirá de base.

Es importante leer atentamente el acuerdo entre las partes para calcular la indemnización por el retardo. Si este aspecto no queda establecido, se tiene derecho a recibir una compensación por los daños y perjuicios que puedan acreditarse por el retraso en la entrega de la casa. Por ejemplo, gastos por el alquiler de otra vivienda, gastos de guardamuebles, gastos de mudanzas…. Eso sí, estos pagos deben quedar totalmente justificados con el apoyo de contratos, facturas, recibos etc. Esto es especialmente relevante porque sin documentación justificativa no habrá indemnización por daños o perjuicios.

Para que el Tribunal valore la resolución del contrato de compraventa por incumplimiento de plazo, además del acceso a todas las pruebas que así lo demuestren, es necesario que se considere que ha habido algo más que una simple demora. Es decir, que se ha producido un grave quebrantamiento de los tiempos establecidos. No obstante, el promotor o el vendedor pueden quedar exonerados de esta responsabilidad si el juez considera que es consecuencia de una fuerza mayor.  

retraso entrega de un inmueble- Mallorca

Índice de contenidos

Compartir noticia

Facebook
Twitter
LinkedIn
@2024 Durendesa